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Atentado a la Rural: detuvieron a un sospechoso y hoy el juez Rafecas lo indagará

Atentado a la Rural: detuvieron a un sospechoso y hoy el juez Rafecas lo indagará

Se trata de un agente inmobiliario que ya había sido imputado en 2017 en una causa por amenazas antisemitas. Durante el allanamiento en su domicilio, los investigadores encontraron pruebas relevantes que refuerzan la hipótesis de su participación en el ataque.

En un avance en la investigación del atentado con explosivos perpetrado el pasado jueves en la sede de la Sociedad Rural Argentina (SRA), el juez federal Daniel Rafecas ordenó la detención de Alberto Santiago Soria, de 40 años, quien es señalado como el principal sospechoso del ataque. El detenido, de ocupación agente inmobiliario, fue aprehendido anoche tras un allanamiento en su domicilio, ubicado en la intersección de Juan B Justo y Chivilcoy, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La investigación, llevada a cabo por la División Investigaciones Especiales de la Policía de la Ciudad, en coordinación con el Juzgado Federal N° 7, permitió la identificación de Soria como el presunto autor del atentado. Según fuentes cercanas a la investigación, su detención fue posible gracias al análisis exhaustivo de cámaras de seguridad ubicadas en las cercanías del lugar del ataque, así como al rastreo de su trayecto utilizando dos líneas de colectivos y el estudio de los usuarios de tarjetas SUBE.

Uno de los elementos clave para su identificación fue un análisis comparativo científico (antropo-scopométrico), que permitió cotejar tanto el rostro como la postura corporal del sospechoso con los registros obtenidos en las cámaras de seguridad. Este análisis arrojó un resultado positivo, lo que condujo a su detención.

Así quedó el escritorio de la secretaria del presidente de La Rural tras la detonación de un explosivo.

En las próximas horas, Soria será trasladado a los tribunales de Comodoro Py, donde será indagado por el juez Rafecas. Se le imputan los delitos de explosión (art. 186 inc. 1 del Código Penal), lesiones dolosas múltiples (arts. 89 y 90 del CP) y daños materiales (art. 183 del CP). Posteriormente, se espera que sea derivado a un complejo penitenciario del Servicio Penitenciario Federal (SPF).

Durante el allanamiento en su domicilio, los investigadores hallaron pruebas relevantes que refuerzan la hipótesis de su participación en el ataque. Entre los elementos encontrados, destaca una guía “T” de la ciudad de Buenos Aires, con una anotación manuscrita que hacía referencia a “La Rural” y la ubicación exacta del edificio de oficinas de la Sociedad Rural Argentina, en Juncal 4450.

El ataque, que causó pánico en las instalaciones de la SRA, dejó un saldo de 5 personas afectadas por la inhalación del humo generado por la explosión. Las pericias están en curso para determinar la composición química del explosivo utilizado, así como para evaluar el impacto en la salud de las víctimas y cuantificar los daños materiales.

Cabe destacar que Soria ya había sido imputado en 2017 en una causa por amenazas antisemitas anónimas, un antecedente que podría agravar su situación legal. La causa, registrada bajo el expediente MPF 133903, estuvo a cargo del Dr. Miguel Kessler, fiscal de la Fiscalía Penal N° 5 de la Ciudad de Buenos Aires.

Por ahora, la investigación sigue su curso, centrada en esclarecer los motivos detrás del atentado y determinar si Soria actuó solo o contó con la ayuda de cómplices. Se espera que en las próximas horas se revelen más detalles sobre este caso que ha conmocionado al ámbito rural y empresarial del país.

AB con información de agencia NA.

El perfil del presunto atacante de la SRA: es agente inmobiliario y tiene un antecedente penal por "amenazas antisemitas anónimas"

El perfil del presunto atacante de la SRA: es agente inmobiliario y tiene un antecedente penal por

Fue detenido esta mañana tras un allanamiento en su domicilio. Se hallaron pruebas relevantes que refuerzan la hipótesis de su participación en el atentado a la Sociedad Rural.

En un avance en la investigación del atentado con explosivos perpetrado el pasado jueves en la sede de la Sociedad Rural Argentina (SRA), el juez federal Daniel Rafecas ordenó la detención de Alberto Santiago Soria, de 40 años, quien es señalado como el principal sospechoso del ataque. 

El detenido, de ocupación agente inmobiliario, fue aprehendido anoche tras un allanamiento en su domicilio, ubicado en la intersección de Juan B Justo y Chivilcoy, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La investigación, llevada a cabo por la División Investigaciones Especiales de la Policía de la Ciudad, en coordinación con el Juzgado Federal N° 7, permitió la identificación de Soria como el presunto autor del atentado. 

Según fuentes cercanas al caso, su arresto fue posible gracias al análisis exhaustivo de cámaras de seguridad ubicadas en las cercanías del lugar del ataque, así como al rastreo de su trayecto utilizando dos líneas de colectivos y el estudio de los usuarios de tarjetas SUBE.

Enviaron un paquete con explosivos al presidente de la Sociedad Rural

Uno de los elementos clave para su identificación fue un análisis comparativo científico (antropo-scopométrico), que permitió cotejar tanto el rostro como la postura corporal del sospechoso con los registros obtenidos en las cámaras de seguridad. Este análisis arrojó un resultado positivo, lo que condujo a su detención.

Soria, de 40 años, tiene un antecedente penal de 2017 por “amenazas antisemitas anónimas”. Esa causa judicial está en la Fiscalía Penal N° 5 de la Ciudad, a cargo del Miguel Kessler.

AB con información de agencia NA.

Caputo desautoriza a Francos y avanza con su intención de limitar el acceso a la información pública

Caputo desautoriza a Francos y avanza con su intención de limitar el acceso a la información pública

El asesor presidencial estuvo detrás del decreto que busca proteger los datos considerados “privados” de los funcionarios. Mientras que el jefe de Gabinete se había mostrado abierto a recoger "las inquietudes" de los legisladores para transmitírselas a Milei, en Casa Rosada fueron intransigentes al afirmar que el texto "no se modificará".

El polémico decreto de Javier Milei que modificó los criterios de la ley de información pública, con el fin de proteger datos “privados” de sus funcionarios, motivó algunos cruces puertas adentro del Gobierno. Por más que el vocero presidencial Manuel Adorni haya intentado este viernes poner paños fríos al calificar de “falsas” las versiones acerca de internas en el gabinete a partir de ese tema, elDiarioAR pudo saber que estuvo la mano del asesor presidencial Santiago Caputo detrás de esa decisión oficial, que según voces especializadas pone en jaque el espíritu de la normativa sancionada en 2016.

Al igual que en el caso del resto de los decretos y leyes importantes del Gobierno, la redacción del texto estuvo a cargo de María Ibarzábal Murphy. Designada en abril como secretaria de Planeamiento Estratégico Normativo, la funcionaria depende en los papeles a la Secretaría General de la Presidencia que comanda Karina Milei, pero en la práctica reporta directamente a Caputo, el otro vértice del “triángulo de hierro” que conforma la cúpula del poder libertaria.

María Ibarzábal Murphy junto a José Rolandi durante una de las sesiones por la ley Bases en el Congreso.

“Nosotros siempre estamos dispuestos en modificar algo, si tenemos que modificarlo, [pero] no va a ser el caso este”, sostuvo Adorni, tajante, durante su última conferencia de prensa. Se trató de una postura contraria a la expresada por el jefe de Gabinete Guillermo Francos el miércoles pasado, cuando debió brindar su primer informe de gestión ante el Congreso. Allí, el ministro coordinador se había mostrado receptivo a las críticas de la oposición y hasta había dejado abierta la puerta a la posibilidad de “modificar” el decreto presidencial que intenta resguardar la “privacidad” de los funcionarios “si fuera necesario”.

Pero lo ocurrido a partir de ese momento puso en evidencia ciertas diferencias de criterios entre el jefe de Gabinete y Santiago Caputo. Fue la diputada radical Karina Banfi la testigo, en primera persona, de esos desacuerdos, que se parecieron demasiado a una desautorización. Según relató la legisladora de la UCR, fue el propio asesor estrella el que, pocas horas después de las concesiones discursivas enunciadas por Francos, se comunicó telefónicamente con ella para aclararle que la posición del Gobierno era la que se expresaba en el decreto.

Guillermo Francos brindó su primer informe de gestión ante el Congreso.

En Casa Rosada intentaron aclarar este viernes que, en realidad, “no hubo ninguna contradicción entre lo que dijo uno y lo que dijo otro”, en referencia a Caputo y a Francos. Sin embargo, la posición tomada por el jefe de Gabinete en el recinto distó demasiado de la de Adorni, quien justificó la necesidad de todas y cada una de las modificaciones publicadas el lunes pasado en el Boletín Oficial. Mientras que Francos había sostenido que recogía “las inquietudes” de los legisladores para transmitírselas a Milei, los argumentos del portavoz fueron intransigentes al afirmar que el texto quedará como está. “Si amerita alguna aclaración sobre algún punto, se hará, pero no se va a modificar”, sentenció, en línea con Caputo.

En Balcarce 50 no dan el brazo a torcer, pese al rechazo generalizado al decreto que, según denunció FOPEA y otras 60 organizaciones, afecta “el pleno acceso a la información pública”. Se amparan en un dictamen de la Procuración del Tesoro de la Nación, a cargo de Rodolfo Barra, que en julio determinó que no se debían brindar datos sobre los perros del presidente Milei por no tener carácter público. Fue luego de un pedido de acceso formulado en torno a la cantidad, raza, nombre, edad e información vinculada a la presencia de los animales en la residencia presidencial. Las preguntas fueron calificadas de “banales” por Barra, para quien se trataba de información “sobre aspectos típicamente domésticos” y por ende privada. 

El procurador del Tesoro, Rodolfo Barra.

Sin embargo, la actual injerencia directa de Santiago Caputo en un tema tan delicado, como es la obligación que tiene el Estado de proporcionar información, abre nuevos interrogantes. ¿Cuánto tuvo que ver en la promulgación del decreto la reciente revelación periodística del vínculo laboral que mantiene el asesor, en relación de dependencia, con una empresa agropecuaria? ¿Lo inquieta la posibilidad de que se den a conocer más movimientos suyos en el sector privado, paralelos a su labor en el Gobierno? Si bien su condición de mero contratado —su remuneración mensual es de $2.563.312, según consignó el informe de Francos— lo exime de presentar declaraciones juradas ante la Oficina Anticorrupción, ya que no forma parte de la planilla de funcionarios públicos, el poder que acumula lo convierte en una figura de extrema exposición.

En ese sentido, no deja de llamar la atención el reciente argumento que utilizó Milei para embestir nuevamente contra la prensa. En su último reportaje con LN+, el Presidente disparó contra los periodistas por no ser consideradas Personas Políticamente Expuestas (PPE) y justificó en ese dato su negativa a conceder conferencias de prensa. “Vamos a hacerlo jugando todos en el mismo terreno. Si quieren pido al Congreso que mande una ley para que los periodistas sean PPE, que presenten declaraciones juradas y sean sometidos al escarnio público”, lanzó, provocador. Quizás el primer paso deba ser comenzar por casa.

PL/DTC

El acceso a la información, obturado por decreto presidencial

El acceso a la información, obturado por decreto presidencial

La redacción del decreto firmado por el Presidente permite al Gobierno definir los contornos de la información a proporcionar, obturando así el objetivo principal de la ley modificada y sepultando la transparencia pretendida con la norma legal.

La alteración de la esencia de la Ley de Acceso a la Información Pública a través de un decreto reglamentario es otra demostración de poder del presidente Javier Milei, que logra subordinar a su discrecionalidad la obligación de responder pedidos de acceso por parte de la ciudadanía. Desde ahora, serán él y su elenco quienes definan lo que, a su juicio, merece ser conocido o permanecer secreto.

La ley, sancionada por el Congreso en 2016, es parte de la regulación que defiende el derecho a la libertad de expresión. Pero el Decreto 780/2024, publicado este lunes 2 en el Boletín Oficial y firmado por el Presidente y su jefe de gabinete, Guillermo Francos, modifica sustantivamente sus definiciones y disposiciones.

La Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) N° 27275 plantea que “toda la información en poder del Estado se presume pública”, reivindica la “transparencia y máxima divulgación” y el “alcance limitado de las excepciones”. La norma amplió considerablemente lo que el Poder Ejecutivo había dispuesto en 2003 con el Decreto 1172/2003.

De modo explícito, la LAIP abarca “todo registro que haya sido generado, que sea controlado o que sea custodiado” por la administración pública nacional, los tres poderes del Estado, empresas y sociedades con participación estatal, concesionarios de servicios públicos, empresas, partidos políticos, sindicatos, universidades y cualquier entidad privada beneficiaria de fondos públicos, el BCRA y concesionarios de juegos de azar, entre otros “sujetos obligados” a facilitar información.

En las antípodas, el decreto firmado por Milei recorta severamente los alcances de la ley al crear la imprecisa figura de “datos de naturaleza privada” que son, a partir de ahora, exceptuados del acceso a la información pública. La redacción del decreto permite al Gobierno definir los contornos de la información a proporcionar, obturando así el objetivo principal de la ley y sepultando la transparencia pretendida con la norma legal.

Textual, la reglamentación decretada dispone que “no se entenderá como información pública a aquella que contenga datos de naturaleza privada que fueran generados, obtenidos, transformados, controlados o custodiados por personas humanas o jurídicas privadas o por la ausencia de un interés público comprometido ajenos a la gestión de los sujetos obligados” establecidos por ley. Así, el objetivo de que “todo registro” generado por los “sujetos obligados” sea accesible (según la LAIP) es obturado por el decreto de Milei.

No se trata únicamente de saber quiénes son los contertulios del Presidente en la Quinta de Olivos, o a cuánto asciende el gasto público que distrae en sus viajes privados, sino también que “las deliberaciones preparatorias y papeles de trabajo, o el examen preliminar de un asunto, no serán considerados documentos de carácter público”, vedando de esta manera el acceso ciudadano al proceso de toma de decisiones de los funcionarios públicos (en otros países se los llama “servidores públicos”).

Como advierte el Observatorio de Derecho Informático Argentino, esta novedad clausura la posibilidad de evaluar “gran parte de la información que hace a las compras públicas”. En el caso de compra de software, no hacer accesibles documentos como las actas de entendimiento o de aceptación, es despojar a estos gastos de un control público mínimo“.

Otro estorbo para el acceso a la información pública creado por este decreto es el requisito de que los solicitantes brinden sus datos personales (documento, domicilio, email y CUIT en el caso de personas jurídicas), lo que violenta el principio de “informalismo” establecido en el primer artículo de la Ley 27.275, que dice textualmente que “las reglas de procedimiento para acceder a la información deben facilitar el ejercicio del derecho y su inobservancia no podrá constituir un obstáculo para ello. Los sujetos obligados no pueden fundar el rechazo de la solicitud de información en el incumplimiento de requisitos formales o de reglas de procedimiento”.

Un comunicado de 70 organizaciones de la sociedad civil pide que el Gobierno que deje sin efecto el Decreto 780/2024 destacando que “implica una seria regresión en materia de interpretación del derecho de acceso a la información a la luz de los estándares internacionales de derechos humanos y lucha contra la corrupción”. 

La discrecionalidad instituida con el decreto es reforzada al exceptuar del acceso la información “cuyo conocimiento público, difusión o divulgación pueda, directa o indirectamente, causar daños y perjuicios”.

El decreto se aprovecha de que el acatamiento a la Constitución no figura entre las prioridades de la agenda pública, al desbordar la facultad del Poder Ejecutivo, porque con una modificación reglamentaria está alterando la esencia misma de una ley. Legislar mediante decretos reglamentarios no forma parte de las atribuciones constitucionales de un presidente.

Ahora bien, Milei ejerce el poder “pudiendo”, es decir, cambiando las reglas de juego sin reparar en su habilitación constitucional. Si puede hacerlo es porque los mecanismos para limitar los abusos de poder no están funcionando. Este problema no sólo remite a la tergiversación de la norma de acceso a la información pública, sino que es una de sus causas.

Practicando con la boca cerrada

Practicando con la boca cerrada

El karate no es normal, los movimientos que aprendemos a hacer, las patadas, las posiciones, son como el alfabeto milenario de alguien que se mueve en contra de nuestra naturaleza.

Hay algo en el karate que no es normal. Me dice un karateca un poco más grande en edad que yo. Se ve que practica hace mucho porque tiene el cinturón negro desgastado. En realidad el color del cinturón es una convención para venderle a los occidentales –que siempre buscan competir, que buscan lo lleno, la casa propia– que se puede avanzar. En la tradición del karate lo único que no se lavaba era el cinturón –sí, el karategui– y por eso, después de años de práctica, el cinturón se ponía negro de suciedad. Pero en el fondo es blanco, es decir que uno, pase los años que pase practicando, es un eterno principiante. Esta idea me fascina: siento la necesidad de no dejar de aprender nunca, de no saber nada siempre. De moverme sencillo.  

Estamos en un vestuario cambiándonos para pasar el fin de semana practicando como si nos hubiéramos ido a un retiro. El sábado desde las nueve de la mañana hasta bien entrado el mediodía y después volver y seguir hasta las seis de la tarde. El domingo, de nuevo, pero sólo por la mañana y casi sobre el comienzo de la tarde, algunos tendremos que pasar el examen para primer dan. Para volver todo un poco con ánimo de thriller desde el viernes se habla de que se iba a venir una poderosa tormenta.  Y así fue: lluvia, vientos huracanados, alertas meteorológicas y árboles caídos. Durante la noche que va del viernes al sábado, después de ordenar el bolso que voy a llevar y poniendo cuidado en no olvidarme de nada (el karategui, el cinturón, las ojotas, los elementos para bañarme después, etc) , escribo un poemita chiquito para divertirme: “Mañana me esperan bajo la lluvia torrencial/mil japoneses con gesto marcial/ deberé pelear con ellos/ si aspiro a llegar / al palacio de la montaña en invierno/pero la verdad/ me estoy por tomar / el ascensor de Prince”.  

Es verdad, el karate no es normal, los movimientos que aprendemos a hacer, las patadas, las posiciones, son como el alfabeto milenario de alguien que se mueve en contra de nuestra naturaleza. ¿Por qué? Porque lo que creo que busca el karate –se encarne en donde se encarne– es que nos despertemos, que dejemos de manejarnos dentro del formato del lugar común, que busquemos lo asintáctico, lo inesperado, que es mucho mejor que lo imposible, que siempre es traumático. “Cada uno debe ir de acuerdo a su ritmo”, me dice mi sensei. También me dice: “No piense, pensar es tarde”. Estar en un dojo haciendo karate, en mi caso personal, es como empobrecerme a todo lo que dá. Simplemente no sé hacerlo. Las posiciones me cuestan muchísimo, pero cuando termino la práctica algo en mí, recóndito, aprende a estar en el mundo de otra manera. Yo creo que el karate te enseña a escribir con la boca cerrada. Cuanto menos Ego haya en  la práctica, la disciplina se vuelve alegría. Hacer un kata –como el que tengo que hacer esta tarde, la Bassai Dai– es como vivir durante un rato adentro de los poemas de Alberto Girri, esos poemas extraños, que parecen rebuscados, pero altamente sencillos cuando uno los orbita una y otra vez hasta saberlos de memoria. Pienso, por ejemplo, en ese que tanto me gusta “Cuando la idea del Yo se aleja”: De lo que va adelante/ y de lo que sigue atrás/de lo que dura y de lo que cae,/me deshago/ abandonado quedo/ del fuerte soplo/ del suave viento/ y quieto las espaldas/ vueltas las manos hacia arriba/apoyo en el suelo/corazón/abjurando de armas, faltas/ de oraciones donde borrar faltas,/ blando organismo, entidad/ que ignora como decir “yo soy”/ y en la enfermedad y la muerte/ vida y nacimiento/ ya no encontrarán lugar/como no lo encontraría el tigre/ para meter su garra/ el rinoceronte el cuerno/ la espada su filo/ Antes hacía, ahora comprendo“.  

Fijensé que en el comienzo del poema hay algo que el poema omite narrar, pero que es algo de lo que se desprende. Este comienzo vuelve al poema muy conceptual, de manera excesiva. Pero como si fuera poco empezar con esa rareza, inmediatamente invierte la frase coloquial “quedo abandonado del fuerte soplo, del suave viento”, para decir “abandonado quedo”. ¿Por qué Míster Girri? En principio, ese cambio asintáctico hace que mi atención se fije en el poema no en quien lo escribe. Sólo existe el poema. Es como un mensaje grabado por una máquina para ser escuchado en alguna civilización perdida. Y después las oraciones forman una imagen que tarda en hacerse en la mente del lector: “las espaldas vueltas/ las manos hacia arriba/ apoyo en el suelo/ corazón”. Esta debe ser una posición de yoga. En karate muchas veces hacemos en los katas movimientos donde con los brazos mostramos la salida del sol o con las manos y las piernas, avanzando hacia adelante, rompemos la fortaleza. En los katas hay movimientos de lucha pero lo que sucede es que no está el contrario, porque al adversario hay que imaginarlo, es un poco nuestro doble que viene para probarnos todo lo que puede un cuerpo.   

Estrategias para que el tigre no encuentre el lugar para meter su garra, ni el rinoceronte su cuerno, ni la espada su filo.

FC/MG