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Tras la reglamentación de la ley por parte del Gobierno, la central obrera avanzó en su judicialización. El lunes había hecho una manifestación a la sede de la Corte Suprema. Define el Juzgado Contencioso N° 7, a cargo de Enrique Lavie Pico.
Reglamentada la ley de reforma laboral, la CGT presentó un amparo para frenarla. La medida de la central obrera se concretó este viernes, horas después de que la norma sea publicada en el Boletín Oficial con la firma del presidente Javier Milei.
La demanda fue firmada por el triunvirato cegetista y quedó radicada ante el Juzgado Contencioso N° 7, a cargo de Enrique Lavie Pico. Es el mismo magistrado que frenó el capítulo laboral del DNU de desregulación económico 70/23, que firmó Milei apenas asumió su gestión.
La central obrera había anticipado la judicialización de la ley de flexibilización el lunes pasado en una movilización que realizó a la sede de la Corte Suprema de Justicia, frente a Plaza Lavalle. Para la CGT la ley es “anticonstitucional” por violar, entre otros el artículo 14 bis que consagra derechos laborales básicos.
El oficialismo logró aprobar con una mayoría circunstancial aportada por gobernadores aliados y el PRO y la UCR la ley que tiene en el corazón la creación de un Fondo de Asistencia Laboral para pagar las indemnizaciones, pero también recorta las horas extras, ajusta las vacaciones, restringe el derecho a huelga y de asambleas de trabajadores, y permite los convenios por empresas.
“Venimos a ejercer nuestro derecho a peticionar. Confiamos en un poder republicano como la Justicia, en su objetividad y en que va a cuidar el cumplimiento de la Constitución Nacional”, había asegurado Jorge Sola, uno de los tres cosecretarios generales de la CGT, al hablar el lunes en la puerta del Palacio de Justicia.
LA CGT sostiene que la nueva normativa vulnera el principio de progresividad o no regresión, que establece que el Estado no puede adoptar medidas injustificadas que impliquen un retroceso en derechos laborales previamente conquistados.
Además, advierte que también se afecta el principio protectorio, basado en la desigualdad estructural que existe entre empleadores y trabajadores y que busca equilibrar esa relación para evitar abusos sobre la parte más débil.
En su presentación, la central sindical afirma que la reforma impacta sobre garantías previstas en el artículo 14 bis de la Constitución, entre ellas la protección frente al despido arbitrario, el derecho de huelga, la negociación colectiva, la libertad sindical, la libre agremiación y la seguridad social.
La CGT también cuestionó disposiciones puntuales del proyecto. Según su interpretación, el nuevo esquema habilitaría jornadas laborales de hasta 12 horas, eliminaría el pago de horas extras y, en consecuencia, podría derivar en una reducción de los salarios.
Por otro lado, criticó que se eliminen sanciones para empleadores que no hayan realizado aportes o que hayan incumplido la legislación laboral. Asimismo, objetó la posibilidad de que las indemnizaciones por despido se paguen en cuotas y a través del Fondo de Asistencia Laboral (FAL).
Con información de agencia NA
MC

El Gobierno promulgó la ley que aprobó el Senado tras ser modificada en Diputados. Los cambios más importantes para la vida de los trabajadores.
Luego de bajar en Diputados el artículo 44 que proponía recortar las licencias por enfermedad, el Senado dio sanción definitiva a la reforma de flexibilización laboral del Gobierno y este 6 de marzo fue promulgada a través de su publicación en el Boletín Oficial. El proyecto tiene en el corazón la creación de un Fondo de Asistencia Laboral para pagar las indemnizaciones, pero también propone recortar las horas extras, ajustar las vacaciones y permitir los convenios por empresas. Aquí, los puntos más importantes:
-Se permite el convenio por empresa y establece que uno del ámbito mayor no puede modificar ni disponer el contenido de convenios de ámbito menor.
-Al vencer el convenio colectivo de trabajo habrá un año para negociar las cláusulas, imita la vigencia de los convenios colectivos una vez vencido su plazo, así como también establece un plazo de 1 año desde la promulgación de esta ley para que se convoque a las partes.
-Las asambleas solo se podrán realizar mediante la autorización previa del empleador.
-Las indemnizaciones tendrán un tope de un salario promedio del convenio por año trabajado, donde se excluyen el aguinaldo, los bonos, premios y otros rubros especiales que no sean mensuales. La base de cálculo debe ser la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si este fuera menor.
-El monto de la indemnización no puede exceder tres veces el salario mensual promedio previsto en el convenio colectivo aplicable, excluida la antigüedad.
-Para quienes no estén bajo convenio colectivo, se aplica el tope del convenio más favorable del establecimiento.
-La indemnización no puede ser inferior al 67% de la remuneración mensual normal y habitual, y nunca menor a un mes de sueldo.
-La percepción de esta indemnización implica la extinción definitiva de cualquier reclamo judicial o extrajudicial vinculado al despido, excepto las acciones basadas en delitos penales.
-Se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) para solventar los despidos para aquellas firmas que no puedan afrontar esos despidos, que estará financiado con el aporte del 1% de las contribuciones de las grandes empresas que destinan el Anses, y del 2,5% de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).
-En caso de muerte del trabajador, los beneficiarios (cónyuge, conviviente, hijos menores o con discapacidad o, en su defecto, otros familiares directos) tienen derecho a una indemnización igual a la de despido.
-En caso de sentencia judicial condenatoria por indemnizaciones laborales, el empleador puede abonar el monto en cuotas: para grandes empresas, el máximo permitido es de 6 cuotas mensuales consecutivas; para micro, pequeñas y medianas empresas, hasta 12 cuotas mensuales consecutivas. Estas cuotas deben ser ajustadas conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) más una tasa de interés anual del 3%.
-Cuando el contrato es a plazo fijo y el despido se realiza antes del vencimiento, la indemnización se calcula considerando la antigüedad que se habría acumulado hasta el final del plazo original.
-Se crea una banco de horas para compensar las horas extras con francos compensatorios u otro sistema, siempre respetando los descansos mínimos legales.
-Permite compensar una jornada mayor en determinados días con una menor en otros, siempre que no se supere el máximo legal de la semana o el que determine el régimen laboral específico, ya sea por ley especial o por convenio colectivo.
-La prestación de horas extras debe ser voluntaria, contar con límites claros y un sistema de control que permita registrar las horas trabajadas y las disponibles para el goce del trabajador.
-El régimen debe respetar los descansos mínimos exigidos por la ley, con el objetivo de garantizar la protección y el beneficio del trabajador.
-La jornada reducida solo podrá implementarse cuando así lo dispongan las leyes vigentes, los contratos individuales, los Convenios Colectivos de Trabajo o acuerdos colectivos firmados con la representación sindical.
-Siempre deben respetarse los descansos mínimos de 12 horas entre jornadas y de 35 horas para el descanso semanal.
-Las vacaciones se podrán realizar entre el 1 de octubre y el 30 de abril y se podrán fraccionar pero debe cumplir siete días.
-Trabajadores y empleadores pueden, por mutuo acuerdo, disponer el goce de vacaciones fuera del período establecido.
-La fecha de inicio de las vacaciones debe ser notificada por escrito al trabajador con una antelación no menor a 30 días.
-Cuando las vacaciones no se otorgan de manera simultánea a la totalidad de los trabajadores de un establecimiento y se acuerdan en forma individual o por grupos, el empleador debe organizarlas de manera que cada uno goce de sus vacaciones, al menos una vez cada tres años, durante la temporada de verano.
-Se mantienen los aportes voluntarios y obligatorios de los trabajadores a los gremios, pero con un tope del 2%.
-Las obras sociales sindicales mantendrán el aporte del 6% de las empresas, en lugar del 5% como proponía el Gobierno.
-Los bancos serán los únicos autorizados a poder pagar los sueldos y se descartó que puedan cumplir esa función las billeteras virtuales.
-Se traspasará la Justicia nacional laboral a la ciudad de Buenos Aires
- Establece una serie de requisitos de validez para los certificados médicos que justifiquen las inasistencias por enfermedad o accidente inculpable.
-Ante la discrepancia de certificados médicos entre la empresa y un trabajador se podrá pedir una junta médica
-Habrá incentivos para aquellas empresas que contraten nuevo personal, que podrán tener rebaja de contribuciones patronales
-Se crea un nuevo Régimen de Inversiones para las pequeñas y medianas empresas para nuevos emprendimientos, con beneficios de amortización de Ganancias e Iva.
-Se denomina a los repartidores como “prestadores independientes” sin relación de dependencia, aunque las empresas tendrán que contratar seguros de accidentes, y brindar capacitación a esos trabajadores.
-Se derogan impuestos internos a las embarcaciones, aviones, automóviles, celularesy productos santuarios, pero estableciendo obligaciones para las empresas como seguros de accidentes, capacitación en seguridad vial y transparencia en bloqueo
Establece un régimen de servicios privados de movilidad de personas y/o reparto a través de plataformas tecnológicas, en el cual establece los derechos y obligaciones de los prestadores independientes, así como las obligaciones de las empresas dueñas de las plataformas.

La denominada “ley de modernización laboral” fue publicada en el Boletín Oficial a través del Decreto 137/2026 y comenzó a regir a partir de este viernes tras ser aprobada por el Congreso de la Nación. El texto completo.
La Reforma Laboral fue reglamentada este viernes a través de una publicación en el Boletín Oficial y la iniciativa estipula cambios en el sistema de indemnizaciones, nuevas reglas sobre salarios y vacaciones, además de cambios en el funcionamiento y regulación de los sindicatos.
La denominada “ley de modernización laboral” fue publicada en el Boletín Oficial a través del Decreto 137/2026 y comenzó a regir a partir de este viernes tras ser aprobada por el Congreso de la Nación.
La normativa, lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello e indica: “En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley Nº 27.802 sancionada por el H. Congreso de la Nación en su sesión del día 27 de febrero de 2026″.
En cuanto a las disposiciones generales, se señaló en el Artículo 2 del Boletín Oficial:
“Ámbito de aplicación. La vigencia de esta ley quedará condicionada a que la aplicación de sus disposiciones resulte compatible con la naturaleza y modalidades de la actividad de que se trate y con el específico régimen jurídico a que se halle sujeta. Las disposiciones de esta ley no serán aplicables:
a. A los dependientes de la Administración Pública Nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipal, excepto que por acto expreso se los incluya en la misma o en el régimen de las convenciones colectivas de trabajo.
b. Al personal de casas particulares, con la sola excepción de aquellas normas que el régimen de la Ley del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares N° 26.844 y sus modificaciones expresamente declare aplicables.
c. A los trabajadores agrarios, sin perjuicio de que las disposiciones de la presente ley serán de aplicación supletoria en todo lo que resulte compatible y no se oponga a la naturaleza y modalidades propias del Régimen Nacional de Trabajo Agrario.
d. A las contrataciones de obra, servicios, agencia, transporte, flete y todas las reguladas en el Código Civil y Comercial de la Nación.
e. A los trabajadores independientes y sus colaboradores en los términos del artículo 97 de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos Nº 27.742.
f. A los prestadores independientes de plataformas tecnológicas conforme la regulación específica.
g. Al personal embarcado comprendido en el régimen de la Ley de Navegación Nº 20.094 y sus modificatorias, sin perjuicio de las normas de las Convenciones Colectivas de Trabajo que resulten aplicables.
h. A las personas privadas de libertad en contexto de encierro.
El oficialismo logró aprobar en el Congreso la ley que tiene en el corazón la creación de un Fondo de Asistencia Laboral para pagar las indemnizaciones, pero también recorta las horas extras, ajusta las vacaciones y permite los convenios por empresas. Aquí, los puntos más importantes:
Convenios
-Se permite el convenio por empresa y establece que uno del ámbito mayor no puede modificar ni disponer el contenido de convenios de ámbito menor.
-Al vencer el convenio colectivo de trabajo habrá un año para negociar las cláusulas, imita la vigencia de los convenios colectivos una vez vencido su plazo, así como también establece un plazo de 1 año desde la promulgación de esta ley para que se convoque a las partes.
Asambleas
-Las asambleas solo se podrán realizar mediante la autorización previa del empleador.
Despidos e indemnizaciones
-Las indemnizaciones tendrán un tope de un salario promedio del convenio por año trabajado, donde se excluyen el aguinaldo, los bonos, premios y otros rubros especiales que no sean mensuales. La base de cálculo debe ser la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si este fuera menor.
-El monto de la indemnización no puede exceder tres veces el salario mensual promedio previsto en el convenio colectivo aplicable, excluida la antigüedad.
-Para quienes no estén bajo convenio colectivo, se aplica el tope del convenio más favorable del establecimiento.
-La indemnización no puede ser inferior al 67% de la remuneración mensual normal y habitual, y nunca menor a un mes de sueldo.
-La percepción de esta indemnización implica la extinción definitiva de cualquier reclamo judicial o extrajudicial vinculado al despido, excepto las acciones basadas en delitos penales.
-Se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) para solventar los despidos para aquellas firmas que no puedan afrontar esos despidos, que estará financiado con el aporte del 1% de las contribuciones de las grandes empresas que destinan el Anses, y del 2,5% de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).
-En caso de muerte del trabajador, los beneficiarios (cónyuge, conviviente, hijos menores o con discapacidad o, en su defecto, otros familiares directos) tienen derecho a una indemnización igual a la de despido.
-En caso de sentencia judicial condenatoria por indemnizaciones laborales, el empleador puede abonar el monto en cuotas: para grandes empresas, el máximo permitido es de 6 cuotas mensuales consecutivas; para micro, pequeñas y medianas empresas, hasta 12 cuotas mensuales consecutivas. Estas cuotas deben ser ajustadas conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) más una tasa de interés anual del 3%.
-Cuando el contrato es a plazo fijo y el despido se realiza antes del vencimiento, la indemnización se calcula considerando la antigüedad que se habría acumulado hasta el final del plazo original.
Horas extras
-Se crea una banco de horas para compensar las horas extras con francos compensatorios u otro sistema, siempre respetando los descansos mínimos legales.
-Permite compensar una jornada mayor en determinados días con una menor en otros, siempre que no se supere el máximo legal de la semana o el que determine el régimen laboral específico, ya sea por ley especial o por convenio colectivo.
-La prestación de horas extras debe ser voluntaria, contar con límites claros y un sistema de control que permita registrar las horas trabajadas y las disponibles para el goce del trabajador.
-El régimen debe respetar los descansos mínimos exigidos por la ley, con el objetivo de garantizar la protección y el beneficio del trabajador.
-La jornada reducida solo podrá implementarse cuando así lo dispongan las leyes vigentes, los contratos individuales, los Convenios Colectivos de Trabajo o acuerdos colectivos firmados con la representación sindical.
-Siempre deben respetarse los descansos mínimos de 12 horas entre jornadas y de 35 horas para el descanso semanal.
Vacaciones
-Las vacaciones se podrán realizar entre el 1 de octubre y el 30 de abril y se podrán fraccionar pero debe cumplir siete días.
-Trabajadores y empleadores pueden, por mutuo acuerdo, disponer el goce de vacaciones fuera del período establecido.
-La fecha de inicio de las vacaciones debe ser notificada por escrito al trabajador con una antelación no menor a 30 días.
-Cuando las vacaciones no se otorgan de manera simultánea a la totalidad de los trabajadores de un establecimiento y se acuerdan en forma individual o por grupos, el empleador debe organizarlas de manera que cada uno goce de sus vacaciones, al menos una vez cada tres años, durante la temporada de verano.
Sindicatos
-Se mantienen los aportes voluntarios y obligatorios de los trabajadores a los gremios, pero con un tope del 2%.
-Las obras sociales sindicales mantendrán el aporte del 6% de las empresas, en lugar del 5% como proponía el Gobierno.
Bancos
-Los bancos serán los únicos autorizados a poder pagar los sueldos y se descartó que puedan cumplir esa función las billeteras virtuales.
Justicia
-Se traspasará la Justicia nacional laboral a la ciudad de Buenos Aires
Certificados médicos
- Establece una serie de requisitos de validez para los certificados médicos que justifiquen las inasistencias por enfermedad o accidente inculpable.
-Ante la discrepancia de certificados médicos entre la empresa y un trabajador se podrá pedir una junta médica
Nuevos empleos
-Habrá incentivos para aquellas empresas que contraten nuevo personal, que podrán tener rebaja de contribuciones patronales
RIMI
-Se crea un nuevo Régimen de Inversiones para las pequeñas y medianas empresas para nuevos emprendimientos, con beneficios de amortización de Ganancias e Iva.
Plataformas
-Se denomina a los repartidores como “prestadores independientes” sin relación de dependencia, aunque las empresas tendrán que contratar seguros de accidentes, y brindar capacitación a esos trabajadores.
Impuestos
-Se derogan impuestos internos a las embarcaciones, aviones, automóviles, celularesy productos santuarios, pero estableciendo obligaciones para las empresas como seguros de accidentes, capacitación en seguridad vial y transparencia en bloqueo
Establece un régimen de servicios privados de movilidad de personas y/o reparto a través de plataformas tecnológicas, en el cual establece los derechos y obligaciones de los prestadores independientes, así como las obligaciones de las empresas dueñas de las plataformas.

Un conflicto breve en Medio Oriente podría posicionar a la Argentina como proveedor energético seguro, pero uno prolongado elevaría la inflación mundial, las tasas de interés y frenaría el crecimiento global. En ese contexto, el ajuste fiscal y el atraso cambiario del plan económico de Milei aumentarían la fragilidad de la actividad criolla.
Mientras Estados Unidos e Israel bombardeaban hasta matar al ayatollah Alí Jamenei, cabeza del régimen totalitario y cruel de Irán, y a 175 personas en una escuela -la mayoría niñas-, en la ciudad iraní de Minab, había en la Argentina quienes se ilusionaban con que la guerra sobre esta potencia petrolera elevara la cotización del crudo y del gas y así mejoraran los ingresos de Vaca Muerta. Pocos se acordaron que en la crisis del petróleo de 1979, que se desató con la revolución islámica de Irán, el precio del barril se disparó, también la inflación mundial, lo que estancó la economía de los países ricos y elevó su desempleo, mientras el resto del mundo se contagió.
Sólo zafaron los exportadores de crudo, entre los que entonces no estaba la Argentina, y se desató el descalabro de deuda del Tercer Mundo, incluido este país y el resto de los latinoamericanos. Aunque ahora esté Vaca Muerta, si el nuevo conflicto de Medio Oriente se prolonga, impactará de forma negativa en la actividad argentina y se sumará a otros dos factores que la amenazan: la profundización de la motosierra fiscal y el abaratamiento del dólar, que componen la receta antiinflacionaria de Javier Milei.
“El 20% de la producción de petróleo y del gas natural licuado (GNL) salen del Golfo Pérsico y hoy no salen, no porque Irán haya cerrado el Estrecho de Ormuz, porque no lo cerró, sino porque las los reaseguradores en Londres no aseguran más el costo de hundimiento petrolero”, comenta el consultor energético Daniel Gerold, en diálogo con elDiarioAR. “Entonces los buques están paralizados. Los que estaban dentro del golfo y los que estaban por entrar. En el corto plazo, no hay un efecto porque hay stocks mundiales”, aclara Gerold sobre porqué el barril Brent -el de referencia en la Argentina- saltó de 70 a 79 dólares por los bombardeos pero no trepó a los US$112 como cuando la petrolera Rusia invadió Ucrania en 2022 y Occidente la sancionó.
“Pero si esto se prolonga en el tiempo, la inflación mundial va a subir y no va a tardar mucho tiempo en aumentar la tasa de interés para contrarrestarla. Esto va a ser una disrupción en la economía”, se refiere el consultor sobre a la idea de que cuando se eleva la tasa se enfría la economía. Justo cuando Donald Trump presionaba para que bajara, lo que hubiese beneficiado el regreso de la Argentina a los mercados internacionales de crédito.
“Esto no le conviene a nadie”, continúa Gerold. “Si esto tiene un shock en la economía mundial, no es bueno para la Argentina”, dice, y alude al principal comprador del crudo iraní: “Algunos que dicen que esto perjudica China”. Y completa: “Si se ralentiza la economía china, la economía del mundo se va a ralentizar y eso no es bueno para la Argentina”, un país exportador de soja, carne, cuero y litio al gigante asiático.
En uno de los principales bancos norteamericanos, un analista aclara que le resulta lamentable que mueran niños, pero admite que una guerra corta beneficiaría a la Argentina, no por el encarecimiento de los hidrocarburos, que sería pasajero, sino porque posicionaría al país como proveedor seguro, alejado de conflictos. Pero reconoce que una beligerancia mayor, incluso nuclear, elevaría la inflación mundial, las tasas y el dólar como refugio internacional. Eso siempre llega acompañado de un abaratamiento de las materias primas, en este caso no el petróleo, pero sí los granos, que la Argentina exporta. Incluso especula con que una contienda así podría llevar a repartir el mundo entre dos imperios, el estadounidense y el chino, lo que resultaría negativo para Vaca Muerta, que sólo podría venderle a un cliente, Occidente, que impondría el precio, lo que se llama un monopsomio.
“Si la guerra dura dos semanas, como prevemos, le sirve a la Argentina, pero si se extiende, se va a sentir en la actividad económica”, advierte Mauricio Monge, economista de la consultora Oxford Economics con residencia en México. Advierte que en el país gobernado por Claudia Sheinbaum, a diferencia de la Argentina, hay margen fiscal para aminorar el aumento del petróleo y el gas con subsidios.
Un académico argentino, que prefiere el anonimato, recuerda que en la crisis del petróleo de 1979 fue la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP) la que irrumpió con fuerza para elevar la cotización del crudo, lo que hubiera perjudicado más a la Argentina de entonces de no ocurrir un freno de la exportación de trigo de EE.UU. a la Unión Soviética por la Guerra Fría. “Ahora, en cambio, porque existe Vaca Muerta, YPF va a ganar más guita, pero vas a pagar la nafta más cara, cuando la economía no está funcionando bien desde hace dos años. Antes funcionaba peor pero ahora atrasan el dólar para que la inflación baje, eso genera déficit de cuenta corriente (compuesta sobre todo por la balanza de comercio de bienes y servicios) y se nota en una economía no en recesión pero con presión recesiva”, apunta la fuente. Y agrega como advertencia: “Encima, hasta ahora estabas atado a un dólar devaluado y por eso la apreciación cambiaria no te perjudicaba tanto, pero cuando hay lío en el mundo, el dólar se aprecia”.
Y si la moneda norteamericana sigue estancada en $1.425 se desalienta la producción de bienes y servicios argentinos, pues se encarecen rápido en dólares con una inflación que roza el 3% mensual.
Con tal de bajar la inflación, el gobierno de Milei y su ministro de Economía, Luis Caputo, sostendrán el tipo de cambio con tasas de interés altas, cepo cambiario para operaciones de las empresas y sin la suficiente acumulación de reservas necesaria para enfrentar shocks externos. Y si eso impacta en encarecimiento de la producción local, cierre de compañías y despidos, su prioridad es la promesa de 0% en el índice de precios al consumidor (IPC) de agosto.
El libertario sabe que lo votaron para domar la inflación. Por algo Caputo y su secretario de Coordinación Productiva, Pablo Lavigne, le espetan a los industriales en audiencias privadas que “algunos quedarán en el camino”, la misma frase que enarboló el mes pasado el presidente de la Cámara Argentina de Comercio, Mario Grinman, defensor del plan económico.
El académico antes citado reconoce que los argentinos no podían seguir pagando caro, por ejemplo, los neumáticos de FATE, como señaló Milei el domingo pasado en el Congreso, pero considera que tampoco puede desentenderse de los más de 900 despedidos con la consigna de que el mercado lo resolverá. El presidente libertario se quedó en las teorías económicas de hace más de 200 años elaboró David Ricardo, uno de los padres de esta ciencia: la de las ventajas comparativas, según la cual los países deben especializarse en la producción y exportación de bienes que pueden producir a un costo de oportunidad menor en comparación con otros, y la de rendimientos decrecientes, o sea la disminución del ingreso marginal de la producción a medida que se añade un factor productivo (capital, trabajo o tierra), manteniendo los otros constantes.
Pero esas teorías fueron evolucionando y en 1979 el Nobel Paul Krugman revolucionó el entendimiento del comercio internacional con la ley de rendimientos crecientes: el aumento proporcional de los insumos genera un incremento más que proporcional en la producción por las economías de escala y la especialización. Así fue que China se ha desarrollado, con subsidios y salarios bajos, para exportar de todo a todo el mundo y barrer con la competencia. Así es que los países occidentales, antes promotores del libre comercio, ahora vuelven a imponer aranceles a la importación y a hablar de política industrial. Pero la Argentina de Milei camina a contramano. Habrá que ver si logra con éxito lo que no pudieron la dictadura militar que comenzó hace medio siglo ni la década de Carlos Menem. En la Argentina pendular se pasa del proteccionismo más acérrimo a la apertura más ingenua, siempre con desprecio por la moderación.
El Presidente y su gente repiten que es mejor que entre un producto importado más barato, aunque destruya algunos empleos, porque la mayoría de la población podrá gastar menos y destinar el sobrante a otros consumos. Efectivamente, hay un efecto sustitución por el bien más económico y un efecto ingreso, es decir, que el mismo salario mejora su poder de compra. Pero otro padre de la economía, François Quesnay, en el siglo XVIII elaboró la teoría del flujo circular de la renta, que consiste en que el gasto de uno es el ingreso de otro. Vale decir que si los trabajadores de FATE y de tantas otras empresas cerradas dejan de contar con ingresos, gastarán menos y otros también contarán con menos entradas.
En el Congreso, Milei se encomendó al desarrollo de la minería, los hidrocarburos, la agroindustria y los data centers, pero varios de esos sectores sólo comenzarán a producir ingresos ya entrada la década próxima... Mientras tanto, los perdedores de las actividades en descomposición puede que se rebelen, desde operarios de fábricas, obreros de la construcción o empleados de comercio. Ya a fines de enero en Rosario protestaron los choferes de Uber, destino usual de los despedidos, porque la tarifa están planchada ante la mayor cantidad de competidores.
Pero el jefe de Estado en destrucción no sólo arremetió el domingo otra vez contra FATE, de Javier Madanes Quintanilla, sino también contra Paolo Rocca, por el costo del acero del grupo Techint y hasta por supuestamente conspirar contra él junto a la vicepresidenta Victoria Villarruel para reemplazarlo si perdía las elecciones legislativas de medio término. El empresario italiano residente en San Isidro optó por no confrontar de manera directa, pues llevaría las de perder. Tampoco buscar armar ninguna alternativa opositora, como hizo “la T” -por Techint- contra el final de la convertibilidad o el último kirchnerismo.
Pero este martes Rocca mandó a las dos entidades empresarias donde más influye, la Unión Industrial Argentina (UIA) y la Asociación Empresaria Argentina (AEA), a reclamar “respeto” al presidente soez. En la UIA los hombres de negocios pymes pedían además que se criticara el rumbo económico, pero los grandes lo evitaron. Mastican bronca contra el presidente de la entidad, Martín Rappallini, que acaba de presentar un proyecto de cobre, el mendocino San Jorge, para el Régimen de Incentivo de Grandes Inversiones, en sociedad con la suiza Zonda Metals, y que además espera que el Gobierno le renueve a su empresa Cerámica Alberdi la medida antidumping contra la importación china, que vence en agosto próximo.
También los ingresos del Estado deberán esperar hasta la década próxima para recibir los beneficios más sustanciales de la minería o el GNL. Para entonces se sentirá fuerte la desinversión actual en educación, en capital humano, con el consiguiente impacto en la economía. Mientras, la recaudación tributaria cae en forma consecutiva desde hace siete meses. Eso afecta tanto a la Nación, donde Milei siempre estará dispuesto a aplicar la motosierra, aunque quede cada vez menos por cortar, y a las provincias, más renuentes a ajustar, sobre todo porque gastan más que nada en educación, salud y seguridad, por más que también derrochen presupuesto político.
Más podas enfriarán aún más la economía. Si bien creció 4,4% en diciembre pasado, influyó la cosecha de trigo y crecen sectores con baja generación de empleo mientras que se contraen los que los más los creaban antes. Monge, de Oxford Economics, prevé una expansión de sólo 2,6% en 2026 y, al igual que la mayoría de sus colegas, desestima que el IPC baje al 0% dentro de cinco meses por la inercia que está cobrando la inflación entre aumentos de tarifas, carnes y colegios privados, entre otros ítems que varían según el mes.
AR/MC

El embajador argentino en Tel Aviv dijo que al libertario lo consideran "un superhéroe" en aquel país. Dijo que hay 200 argentinos varados por la escalada militar.
Javier Milei mantienen un viaje temerario en su agenda próxima: visitar Israel el próximo 20 de abril, especialmente invitado por el primer ministro Benjamin Netanyahu, que inició el sábado pasado un ataque a Irán junto a los Estados Unidos de Donald Trump.
El viaje del libertario fue confirmado este viernes por el embajador argentino en Israel, Axel Walhnish, en medio de la escalada de la guerra en Irán que terminó con la muerte del ayatolá Alí Jamenei y otras mil personas aproxidamente.
En una entrevista en Radio Rivadavia, el diplomático señaló que espera que el próximo 20 de abril “esté todo calmo” en el país judío. Milei fue invitado oficialmente a encender una antorcha durante la ceremonia nacional del Día de la Independencia israelí (Yom Ha’atzmaut), un gesto tradicionalmente reservado a figuras locales. “Será la primera vez que Netanyahu invita a un mandatario de otro país”, dijo Walhnish.
Según el funcionario de la Cancillería, Milei es considerado “un superhéroe” en ese país. Y agregó: “Hace veinte años era Maradona y luego Messi”. Asimismo, añadió: “Desde hace 2 años decís Argentina y lo primero que te dicen es ‘Milei, nuestro gran amigo’”. Esperemos que para el 20 de abril esté todo calmo cuando llegue el Presidente a Israel“.
El diplomático, sin embargo, apuntó que no hay fecha concreta todavía para que se concrete el traspaso de la embajada argentina de Tel Aviv a Jerusalén, como anticipó Milei al comienzo de su gestión y en otro seguidismo a la diplomacia norteamericana, que ya trasladó su embajada por orden de Trump.
Milei ya estuvo en Israel en febrero de 2024, donde llegó a rezar en el Muro de los Lamentos. Y desde la avanzada militar se colonó rápidamente a favor de Israel y EE.UU.
Sobre los argentinos varados en Israel, Walhnish precisó que hay 200 personas en esa situación, “rogando por favor que los ayudemos a seguir”. “Lo más seguro y menos riesgoso es quedarte donde estás porque, hoy en día, no hay salida aérea para nadie. Los cielos están completamente cerrados para salir. Sí están repatriando israelíes que quedaron varados afuera, que quieren volver, pero hoy en día no hay salida aérea para nadie. La única salida que hay es vía terrestre a Egipto, por el sur, en el cruce de Taba”, indicó.
Y al hablar de los bombardeos iraníes en distintos puntos del territorio israelí, sostuvo: “Ves el cielo y parece un show de fuegos artificiales porque ves la oleada de misiles y te ponés a pensar si uno llegara a caer. Tienen entre 14 y 19 metros de alto con una carga explosiva de cuatro veces más de lo que fue atentado a la AMIA”.
MC